
Ya
comentamos en este blog el hito que supuso la publicación en febrero de 2008 del
Real Decreto 183/2008 por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada. La satisfacción que generó este hecho disimuló el que su
disposición transitoria primera ponía muchos deberes a la hora de completar en el plazo de un año buena parte de las reformas que la norma impulsaba; deberes para las Comunidades Autónomas que tenían que ampliar la regulación en cuanto a las comisiones de docencia y los tutores; deberes para el propio Ministerio de Sanidad en cuanto a las directrices del nuevo modelo de evaluación; y deberes para las Comisiones Nacionales de las diferentes especialidades a las que les correspondía la tarea de diseñar la estructura básica del libro del residente de cada especialidad.
Desde entonces hasta ahora se han producido algunos avances en el ámbito de la ordenación de la formación especializada, más concretamente en relación al
desarrollo de la troncalidad de las especialidades médicas, pero se echaba de menos el que las Comunidades Autónomas movieran ficha a la hora de aplicar la nueva norma en sus respectivos ámbitos.
Y así, tras algún
aviso previo desde antes del verano, ha sido Castilla y León la alumna más aventajada de la clase de 17 Comunidades Autónomas y, aunque no ha superado el examen en la convocatoria de junio,
ha llegado bien preparada a la convocatoria de septiembre, y finalmente esta semana ha publicado la primera norma autónomica que regula la ordenación del sistema de formación sanitaria especializada, en este caso
en el ámbito de Castilla y León.
El
decreto 75/2009, de 15 de octubre, de la Consejería de Sanidad ha sido publicado en el
Boletín Oficial de Castilla y León del miércoles 21 de octubre, justo un año y 7 meses después de su norma progenitora.
Así el decreto autonómico dicta las disposiciones de desarrollo previstas sobre las comisiones de docencia, sobre la actividad docente, nombramiento, evaluación y reconocimiento de tutores, y otras figuras docentes. También regula otros aspectos como son las rotaciones externas, la evaluación y control de la calidad en la formación especializada, así como diferentes cuestiones que articulan la ordenación del sistema de formación sanitaria especializada en esta Comunidad Autónoma.
He aquí mi enhorabuena a la administración regional de Castilla y León. Confio en que el resto de Comunidades Autónomas como buenas alumnas no agoten el número de convocatorias a las que se pueden presentar y puedan felizmente en el futuro aprobar esta asignatura clave en la ordenación de los recursos sanitarios del Sistema Nacional de Salud.