domingo, enero 27, 2008

Estado de salud de la población madrileña - Informe 2007


¡Estamos de enhorabuena! Tras dos años de retraso la Comunidad de Madrid ha publicado el Informe del año 2007 respecto a la salud de la población de la Comunidad de Madrid, una obligación establecida desde el año 2001 en la Ley de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (artículo 55.2).
Es, sin dudarlo, un esfuerzo titánico recopilar los indicadores de salud más relevantes en cuanto a la demografía, carga de enfermedad, morbilidad y mortalidad de la población en general y por grupos de interés, aportando además datos detallados según la zona básica de salud y el área sanitaria. Este informe responde a la necesidad de todo sistema sanitario de disponer de información clave para poder priorizar y planificar sus actividades de salud pública en todos los ámbitos, tanto las de protección y promoción de la salud, las de prevención y tratamiento de las enfermedades, y las de rehabilitación de la discapacidad.
Mis más sinceras felicitaciones a todo el equipo de profesionales de dentro y fuera del Instituto de Salud Pública que se encuentra detrás de este trabajo.

viernes, enero 25, 2008

¿Faltan médicos o están mal repartidos?

"Depende" contestaba a una pregunta parecida Beatriz González López-Varcarcel en el transcurso de una mesa redonda sobre esta temática celebrada durante el XVIII congreso de la sociedad española de educación médica. Y es que como dice la popular canción "de según como se mire, todo depende", por lo que médicos, pacientes, empleadores y financiadores públicos tendrán su propia versión de los hechos.

A modo de ejemplo y según los departamentos de RRHH de las consejerias de sanidad de las comunidades autónomas el déficit de médicos es muy preocupante por lo que están poniendo en marcha varias medidas para paliar este problema basadas en aumentar el atractivo de sus empleos como pueden ser las mejoras en las retribuciones, las convocatorias de ofertas públicas de empleo y la consolidación de las interinidades.
Por otra parte, los médicos a través de su Organización Médica Colegial presentaban no hace muchos días un estudio en el que se decantaban por la opción contraria, es decir, que hay una mala distribución del colectivo médico, coexistiendo a la vez necesidades puntuales en algunas especialidades, provincias y servicios, mientras que en otros lugares algunas plantillas pueden estar sobredimensionadas en otras especialidades y servicios. Las soluciones que plantean pasan por rechazar el aumento indiscriminado de las plazas de formación buscando en su lugar la planificación cuidadosa de la composición por especialidades y el equilibrio territorial.

Podríamos encontrar muchas más opiniones y puntos de vista, pero el principal escollo para responder a esta pregunta con más detalle que un simple "depende" es la precariedad de los datos y la inexistencia de un registro "vivo" de especialistas médicos tal y como se describe en el estudio sobre oferta y necesidad de médicos especialistas en España (2006-2030) encargado en 2006 por el Ministerio de Sanidad.

miércoles, enero 09, 2008

Las incompatibilidades en el sector sanitario publico

La reciente noticia que anuncia que la Comunidad de Madrid se ha sumado a la iniciativa catalana de permitir que un médico pueda tener simultáneamente dos empleos en el sector público está siendo uno de los comentarios mas escuchados en los pasillos de mi hospital en los primeros días del nuevo año. Especialmente entre los más veteranos que inevitablemente se acuerdan de aquel médico que a principios de la decada de los 80s compatibilizaba su trabajo en la seguridad social con una o más actividades profesionales en otras administraciones públicas.
La imagen de este tipo de médico junto con la posibilidad de que cobrara mas de un sueldo público se vio proscrita en 1984 con la Ley de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, Ley que antes y después de su publicación y posterior aplicación produjo un encendido debate en el seno de la profesión médica, reflejado en los medios de comunicación de la época.

Ahora, 23 años más tarde, Madrid publica en su Ley 7/2007 de Acompañamiento a los presupuestos de 2008, el siguiente artículo:
Artículo 11
Compatibilidad de servicios de carácter asistencial en el sector público sanitario por razones de interés público
1.  El personal sanitario dependiente de la Consejería de Sanidad y de sus organismos autónomos, empresas públicas y entes del sector público de la Comunidad de Madrid adscritos, podrá compatibilizar un segundo puesto de trabajo de carácter asistencial o ejercer una segunda actividad en el sector público, si así lo exigiera el interés del propio servicio público.
2.  Se declara de interés público, a efectos de compatibilizar dos puestos de trabajo en el sector público sanitario de la Comunidad de Madrid, la prestación de servicios de carácter asistencial en los centros sanitarios públicos de Atención Primaria, Especializada y SUMMA 112.
3.  En consecuencia, se podrá conceder autorización de compatibilidad, en razón del interés público, para el ejercicio de una segunda actividad de carácter asistencial en el sector público sanitario de la Comunidad de Madrid en los ámbitos delimitados en el apartado 2 de este artículo. Esta autorización no supondrá modificación de jornada de trabajo y horario en ningún de los dos puestos compatibilizados y se condiciona a su estricto cumplimiento en ambos.
Lo dispuesto en este artículo se entiende en el marco de lo dispuesto en la normativa laboral y de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas
.

Esta acción se encuadra dentro del conjunto de medidas que las administraciones regionales y el gobierno central han empezado a poner en marcha para paliar el supuesto deficit de médicos existente en nuestro SNS, asunto sobre el que espero poder hablar en próximos posts.