domingo, mayo 20, 2012

Regreso al futuro en el SNS: de la universalidad al aseguramiento

La convalidación que se ha producido esta semana en el Congreso de los Diputados del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, junto a sus 73 correcciones, supone un importante retroceso en el tiempo en la historia de nuestro sistema sanitario.

De hecho, nos retrotrae al menos al 2 de diciembre de 1985, fecha en la que se estrenaba en los cines españoles la película Regreso al futuro, y en la que aún no había visto la luz la Ley General de Sanidad, puesto que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de abril de 1986.
Como si fuéramos el personaje de Marty McFly nos hemos introducido en esta reforma sanitaria en forma de Real Decreto-ley que cual maquina del tiempo De Lorean nos ha traído a un escenario nuevo, diferente, donde la universalidad del Sistema Nacional de Salud que concibió la Ley General de Sanidad nunca ocurrió.

Así la disposición final tercera del Real Decreto-ley modifica lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, limitando el derecho de asistencia sanitaria de los extranjeros que desde la Ley 4/2000 se equiparaba al de los españoles para aquellos que se encontraban en España inscritos en el padrón del municipio de residencia habitual. Esta acción que limita el concepto de universalidad del Sistema Nacional de Salud pone de relieve varias debilidades del ordenamiento jurídico español en materia de salud, y una importante contradicción con lo establecido por la disposición adicional sexta de la Ley 33/2011 General de Salud Pública en la que se extiende el derecho al acceso a la asistencia sanitaria pública a todos los españoles residentes en territorio nacional a los que no pudiera serles reconocido ese derecho con anterioridad.

El Real Decreto-ley 16/2012 pone énfasis en el carácter híbrido de nuestro sistema sanitario, por un lado es un sistema nacional de salud cuando se trata de su financiación pública mediante impuestos, y por otra parte un sistema de seguridad social, por su forma de acceder al derecho de asistencia sanitaria directamente como asegurado o bien indirectamente como beneficiario de los asegurados.
Rescatamos así el concepto de aseguramiento y cartilla sanitaria en la que se incluían tanto los titulares de la Seguridad Social como sus beneficiarios, habitualmente la unidad familiar que dado que madre e hijos no trabajaban no podían ser titulares de ese derecho. Para su atención sanitaria las personas que no se incluían en esta cartilla y que no disponían de recursos económicos tenían necesariamente que recurrir a la beneficiencia y a las organizaciones no gubernamentales.

Me gustaría que, como en la película de Regreso al futuro, y aunque con estos cambios hemos alterado la universalidad del Sistema Nacional de Salud que aconteció en 1986, consigamos por todos los medios revertir esta situación y asegurar para las generaciones venideras el que la salud sea nuevamente un derecho universal en nuestro país.

lunes, marzo 05, 2012

Informe SESPAS 2012: en torno a la Atención Primaria

La cita se mantiene constante una vez cada dos años, y así la Sociedad Española de Salud Pública y Administración Sanitaria nos presentará el próximo martes 20 de marzo de 2012 el Informe SESPAS 2012, titulado "La atención primaria: evidencias, experiencias y tendencias en clínica, gestión y política sanitaria". Sus editores/as son Francisco Hernansanz Iglesias, Ana Clavería Fontán y Juan Gérvas Camacho.
Es posible consultar dicho Informe ya en el Avance online de Gaceta Sanitaria una buena parte de los artículos que contendrá el Informe SESPAS, pero me gustaría destacar especialmente el que redactó Bárbara Starfield meses antes de su fallecimiento.
La Profesora Starfield tuvo una actitud crítica positiva, señaló los errores de una atención sanitaria basada en especialistas y demostró sus peligros, pero al tiempo desarrolló un aparato teórico impresionante de defensa de la Atención Primaria como mejor respuesta a los excesos de la Medicina y de la prevención. Señala en el Informe SESPAS 2012 que, dentro de ciertos límites, ni la riqueza de un país ni el número de profesionales de la salud se han podido relacionar con los niveles de salud. Lo que cuenta es la existencia o no de características clave en los sistemas de salud: la cobertura financiera universal bajo el control del gobierno o regulada, los intentos de distribuir los recursos equitativamente, la integralidad de los servicios, y bajos o nulos copagos para los servicios de atención primaria. Todos estos, combinados, producen una mejor atención primaria: un mayor acceso y uso del primer contacto, más atención centrada en la persona a lo largo del tiempo, mayor gama de servicios disponibles cuando sean necesarios, y la coordinación de la atención.

La llegada de la crisis económica y la necesidad de cuadrar las cuentas públicas para cumplir con los compromisos europeos han desencadenado una oleada de ajustes en las políticas de gasto público, que alcanzan de lleno (aunque no sólo) a la sanidad española.
Ante estos ajustes en sanidad, es necesario hablar de Atención Primaria de Salud, y para ello es muy bienvenido este Informe SESPAS junto a otros textos de temática similar que se han estado publicado últimamente.

Actualización (10/03/2012): El Informe SESPAS 2012 ya está publicado al completo en la página web de Gaceta Sanitaria

Foto: Raquel Gómez Bravo (Médico de familia. Tutora de residentes del Servicio de Urgencias en el Hospital Universitario La Paz. Autora del blog “Rqgb´s point of view“) realizada por María Gómez Bravo

jueves, febrero 02, 2012

El día de la marmota: a propósito de las nóminas del SERMAS del año 2012


Un año más, cual marmota Phil que sale de su madriguera en Punxsutawney para buscar su sombra, el BOCM ha publicado la Orden de 16 de enero de 2012, por la que se dictan Instrucciones para la Gestión de las Nóminas del Personal de la Comunidad de Madrid para 2011.

Las principales novedades que presenta esta Orden son las siguientes:
1. Ante la situación de prórroga presupuestaria del Estado, no habrá incremento retributivo para el ejercicio 2012 respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2011. Es decir, quedamos atrapados en el tiempo cual Bill Murray en la película del mismo nombre y repetimos las nóminas brutas del año 2011, aunque como el gobierno central ha introducido para los años 2012 y 2013 un gravamen complementario en el IRPF los sueldos netos bajarán.
2. Se introduce la regulación del permiso por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave en aplicación del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, del gobierno central.
3. Asimismo, en desarrollo de lo dispuesto en las polémicas disposiciones transitorias de la Ley 6/2011, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, se establece una nueva regulación para el supuesto de incapacidad temporal. A este respecto se han publicado comunicados en los que se denuncia la grave penalización que introduce la norma sobre las bajas por enfermedad de los empleados públicos de la Comunidad de Madrid. Todo lo anterior respondía a la propuesta inicial, que parece suavizarse tal y como se ha establecido en el artículo 19 de la mencionada Orden del 16 de enero de 2012.
4. La reducción en la duración de las guardias del personal facultativo y los residentes en los sábados, que pasan de pagarse al igual que los domingos y festivos con una duración de 24 horas a sólo 17 horas. Esta reducción de la guardia ya se intuía en la disposición adicional primera de la Ley 6/2011 con motivo de la ampliación de la jornada ordinaria a 37,5 horas semanales, y fue motivo de movilización de los residentes cuyas nóminas dependen en gran medida del pago de la atención continuada. La mencionada movilización fue desconvocada ante la promesa de la Consejería de Sanidad de que éste cambio en el pago de la guardia de los sábados no se iba a producir, pero finalmente la Orden que ha publicado la Consejería de Economía y Hacienda ha cumplido los peores pronósticos.

Pero volvamos al titular de este post. Hoy, 2 de febrero de 2012, la marmota Phil Punxsutawney al salir de su madriguera ha visto su sombra por lo que significa que el invierno durará seis semanas más. Este frío no sólo será el que nos trae estos días a España la ola de frío siberiana sino más medidas que a medida que avance 2012 encogerán aun más las maltrechas nóminas del SERMAS.

Actualización (03/02/2012): Hoy se ha publicado en el BOCM la corrección de errores de la Orden de 16 de enero de 2012, por la que se dictan Instrucciones para la Gestión de Nóminas del Personal de la Comunidad de Madrid para 2012 en la que se anula el cuarto cambio que mencionaba en este post. De esta forma se vuelve al modelo en vigor en los últimos años en los que los sábados las guardias se pueden pagar hasta un total de 24 horas tanto para personal facultativo como para residentes.

domingo, enero 01, 2012

El recinto hospitalario, las salas de fiesta y la prohibición de fumar

Hoy día 1 de enero, además de estrenar el año 2012, cumplimos un año desde que el pasado 2 de enero de 2011 entró en vigor la modificada Ley antitabaco 42/2010.
Ya tuvimos oportunidad en este blog de hablar de los palpables y visibles efectos que esta Ley producía en los inicios del 2011 e incluso de como los resultados de una revisión sistemática internacional realizada en 2010 apoyan la necesidad de este tipo de normativas dirigidas a ampliar la prohibición de fumar en espacios cerrados aumentando por tanto los espacios libres de humo del tabaco. Más aún, numerosos estudios evaluativos realizados en países que implantaron prohibiciones totales han demostrado una disminución de la prevalencia de la exposición al humo ambiental del tabaco en la población, así como una disminución en los ingresos por infarto agudo de miocardio y una mejora de los síntomas respiratorios en los trabajadores de la hostelería.

Es pues momento de evaluar su aplicación, y me gustaría poner 2 ejemplos que argumentan que aún queda tarea por delante para obtener el cumplimiento de la prohibición en el total de 25 epígrafes previstos en el artículo 7 de la vigente Ley.
El primero de los ejemplos tiene que ver con la prohibición de fumar en los centros, servicios o establecimientos sanitarios, así como en los espacios al aire libre o cubiertos, comprendidos en sus recintos. Aunque durante los primeros días de la nueva Ley era difícil encontrar a trabajadores y pacientes fumando dentro del recinto hospitalario, la falta de definición por parte de las autoridades regionales de lo que se consideraba como recinto hospitalario y la percepción de que nadie controla el cumplimiento de la norma ha hecho que vuelva a ser posible ver a los fumadores en las cercanías de las puertas principales del hospital.
El segundo ejemplo es parecido al anterior, dado que ayer mismo en las celebraciones de fin de año era posible ver a algunas personas fumando dentro de las salas de fiesta a pesar de que es sancionable según la Ley como una infracción leve y multa de 30 euros, si la conducta se realiza de forma aislada. La sensación de falta de control, en este caso por parte de los dueños de los locales, favorece sin duda que la población realice un menor cumplimiento de la norma.

Sirvan los ejemplos como nota de atención, para que perseveremos en el beneficio de este tipo de políticas para la salud pública además de para la nuestra salud individual. Sin duda se echan en falta nuevas iniciativas de ámbito poblacional que refuercen el cumplimiento de la norma.